| TAL CUAL LUNES 13 DE AGOSTO DE 2001 |
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CIUDAD Sadismo en el cuartelLos castigos militares de la IV República no desaparecen con la revolución
El castigo y la sanción dentro del estamento castrense en cualquier parte del mundo pretenden el mismo fin como es "mantener el orden y la disciplina". Sin embargo, muchos jefes militares, amparados en las normas marciales, cometen excesos que constituyen verdaderos actos de brutalidad hacia los subalternos. En Venezuela, esta práctica abusiva es común. Hace trece años exactamente un soldado, Richard Gómez Taima, murió, asesinado por la golpiza de uno de sus superiores. La lista de atropellos silenciosos no ha dejado de crecer en los cuarteles. Hace apenas ocho meses, el soldado Jesús Alberto Febres falleció, de acuerdo al informe médico: por "presentar quemaduras de primer grado". El hecho ocurrió en el interior de una celda de castigo. El autor fue Alessandro Siccat, un oficial con el grado de teniente a quien, a pesar de haber egresado de la escuela de los sueños azules, se le ocurrió rociar con tinner a los inquilinos del cuarto de castigo y luego arrojarles un fósforo. En el mismo hecho resultaron quemados los reclutas Jorge Luis Araiza y José Flemin. La Fiscalía Militar fue la responsable de instruir este crimen ocurrido el pasado 10 de enero en un batallón perteneciente a la Brigada de Cazadores en Maturín. En este caso existen 25 testimonios que comprometen la actuación del teniente Siccat con los soldados a su cargo. Muchos de estos lo califican de "abusivo y fuera de la ley". Inicialmente, la jurisdicción castrense que decidiría en este proceso era la de Monagas, sin embargo, el caso fue radicado a la circunscripción de Aragua. Este cambio no le causó mucha confianza a los familiares de las víctimas, quienes solicitan "imparcialidad y castigo para el militar". Ley marcial Según el Reglamento de Castigos Disciplinarios, número 6, por el que se rigen los integrantes de la Fuerza Armada Nacional, existen normas generales para la aplicación de una sanción. De acuerdo al artículo 87: "El superior no debe imponer un castigo cuando se encuentre en estado de exaltación, o sin averiguar plenamente la falta cometida. Castigar sin reflexión puede traer como consecuencia un procedimiento injusto".En este caso, la falta cometida por los tres soldados fue clara, y es sancionada por esta misma ley: los tres se excedieron en la permanencia de su permiso navideño, y regresaron tres días después al batallón donde estaban conscriptos. Pero, lo que también está claro, es el período de "exaltación" en el que se encontraba Siccat cuando decidió quemar a sus subalternos. Relatan otros soldados que se encontraban en el lugar de los hechos: "El teniente se molestó porque los faltones cantaban y bailaban en su celda de castigo". Otros artículos que al parecer olvidó el militar, y también sus superiores son el artículo 94: "Los castigos deben ser aplicados con la más estricta justicia e imparcialidad". Artículo 176: "Los funcionarios militares de mayor jerarquía deben vigilar que sus subordinados hagan buen uso de sus atribuciones disciplinarias y que los castigos se cumplan en la forma reglamentaria". Artículo 108: "Falta militar es toda acción contraria u omisión en el cumplimiento de las obligaciones y normas del servicio, no contempladas expresamente como delitos en el Código de Justicia Militar. La falta es una transgresión elemental y simple del deber". Artículo 116: "Maltratar, sin motivo, presos bajo su custodia constituye una falta".
Así en la quinta como en la cuartaEn 1988, en medio de un juicio desarrollado en la Corte Marcial, salieron a relucir los maltratos de varios oficiales hacía su personal, y la existencia de un lugar de castigo, conocido como "la cochinera", que se convirtió en el "coco" de los reclutas que pagaban su servicio militar en alguna unidad situada en el Fuerte Tiuna: la muerte del soldado Richard Gómez Taima develó todos estos atropellos.A Gómez Taima le correspondía salir un fin de semana completo, pero nunca llegó a su casa. La familia creyó que estaba cumpliendo alguna misión. Pero, desde ese momento, no supieron nada más del muchacho. Llenos de incertidumbre decidieron acudir al Fuerte Tiuna, donde les informaron que el joven estaba muerto, y que la causa era supuestamente una pulmonía severa. Los parientes del soldado pidieron ver el cadáver, pero la respuesta fue: "No se puede porque se encuentra dentro de la urna, y ya la sellamos". A Carlos, hermano de Richard, no le convenció la historia y, sin que se dieran cuenta los militares, burló la seguridad y logró llegar hasta un salón donde estaba el cuerpo sin vida de su hermano. Un cuerpo "destruido por los golpes", según consta en la investigación. Ante este brutal hallazgo, la familia Gómez Taima decidió buscar al para ese entonces defensor de los Derechos Humanos ante el Congreso Nacional, Enrique Ochoa Antich. La diligencia de la familia, luego de muchos tropiezos colocados por algunos militares, arrojó resultados positivos: el para ese entonces ministro de la Defensa, Italo del Valle Alliegro, ordenó una investigación que concluyó en un juicio, en el que resultaron involucrados un coronel, un teniente y varios sargentos, quienes fueron condenados. Pero, cuatro años más tarde, el ex presidente Carlos Andrés Pérez decidió sobreseer la causa, los responsables salieron en libertad y la impunidad se vio reforzada una vez más. |
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